El FC Barcelona, condenado a pagar 23 millones de euros a Hacienda

El presidente del FC Barcelona, Joan Laporta.
El presidente del FC Barcelona, Joan Laporta.
LAPRESSE
El presidente del FC Barcelona, Joan Laporta.

Más problemas para el FC Barcelona. La entidad culé ha sido condenada a pagar 23 millones de euros por el IRPF derivado de las retribuciones a los agentes de los futbolistas de 2012 a 2015 según resolución de la Sala Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, que ha rechazado el recurso que había presentado el club azulgrana a una resolución del TEAC, según informan varios medios.

El organismo sostiene que las retribuciones pagadas a los agentes de los jugadores tienen la naturaleza de rendimientos de trabajo y están sujetos a retención en el momento del abono. Por lo tanto, el FC Barcelona está obligado a practicar e ingresar la correspondiente retención.

Por el contrario, el club considera que esos importes abonados corresponden a la retribución acordada por sus servicios prestados a la entidad deportiva y no deben imputarse como retribución de los jugadores las cuantías que corresponden a prestaciones de servicios al club.

"De los hechos constatados por la Inspección, resulta que los pagos realizados por el Club lo han sido en nombre y por cuenta de los deportistas que son los efectivos destinatarios de los servicios prestados por los agentes, mientras que se da la apariencia de que los agentes están prestando un servicio encargado por el Club o representando al Club, lo cual no se acredita en ninguna forma y la realidad que reflejan los documentos del expediente es contraria a estas circunstancias, pues los agentes representan a los jugadores y actúan en interés de ellos", afirma la Sala de lo contencioso en su resolución.

Además, añade que se llega a la conclusión de que "la relación instrumentada entre el FCB y los agentes tan sólo sirve para dar cobertura a los pagos realizados por el Club a los jugadores. Esta apreciación es compartida por la Sala".

"Se trata, añade, de obtener un tratamiento fiscal del hecho imponible y sus circunstancias concurrentes más favorable del que correspondería a la real operación", explica el tribunal sobre la simulación tributaria.

Además, apunta que en este caso "se aparenta retribuir por parte del club al agente unos servicios inexistentes, cuando en realidad se está abonando parte de la retribución al jugador de esta forma, por los servicios que presta al club, con la correspondiente incidencia tributaria, que afecta al Impuesto de Sociedades, al IVA y al IRPF, distorsionando la base imponible de tales conceptos tributarios".

20minutos

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